
By Gustavo Cosoleto
La lista de consecuencias negativas de la pandemia que estamos atravesando es infinita, pero entre las pocas cosas que podemos rescatar esta la aceleración exponencial que se dio en la digitalización de las empresas. La necesidad obligo a las empresas a modificar su agenda y resignar recursos a sus canales digitales.
En el caso de los Autónomos y las Pymes si bien esos procesos se podrían dar mas rápidamente que en una gran empresa (debido al menor recorrido que existe entre la toma de una decisión y su concreción) muchas veces la limitación viene por el lado de los recursos que se puedan destinar a cambios de este tipo.
Tomando nota de esta situación, durante el pasado mes de Noviembre la vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Asuntos Económicos, Nadia Calviño, presentó el programa Kit Digital para apoyar en este proceso a pymes entre 10 y 49 trabajadores. Esta ayuda se enmarca dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y cuenta con más de 3.000 millones de Euros a desembolsar entre 2021 y 2023 a las empresas que lo soliciten. Este programa otorga un bono a las empresas con bajo nivel de digitalización para que inviertan en soluciones existentes en el mercado en campos como la gestión de comercio electrónico o proveedores.
Las compañías podrán aplicar esta ayuda para invertir en servicios como el desarrollo de redes sociales, comercio electrónico, analítica de datos o ciberseguridad. En su primera convocatoria, se contará con 500 millones de Euros y está destinada a un colectivo de empresas formado por más de 120.000 entidades.
Qué requisitos debe tener la empresa solicitante?
- Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
- Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
- Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
- No tener consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones. - No superar el límite de ayudas ‘minimis’ (de pequeña cuantía).
Cómo solicitar la ayuda?
- Regístrate en www.acelerapyme.es y completa el test de autodiagnóstico. De esta forma, se indicará el nivel de digitalización con el que cuenta tu empresa para acceder a una serie de servicios determinados en función a tus necesidades.
- Consulta el catálogo de soluciones digitales , donde se podrá escoger una o varias de las que ofrecen los agentes digitalizadores a través de este portal.
- La ayuda se puede solicitar en la sede electrónica de Red.es tras complementar los pasos del correspondiente formulario.
- Otra opción es contactarse al teléfono gratuito 900 909 001 para informar a las empresas de manera telemática si cumplen o no los requisitos. Asimismo, a través de este teléfono se puede ayudar a la empresa a seguir los procedimientos online.
A que soluciones digitales se puede aplicar la ayuda?
- La creación de un sitio web.
- La implantación de canales de comercio electrónico.
- Servicios de gestión de redes sociales
- Gestión de clientes o proveedores de manera telemática u on-line
- Inteligencia empresarial y analítica
- Servicios y herramientas de oficinas virtuales
- Gestión de procesos
- Implantación de factura electrónica
- Gestión de vías de comunicación seguras
- Ciberseguridad online
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